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Proponen sancionar a servidores públicos que no cumplan con el pago de un laudo laboral

Con el propósito de sancionar a los servidores públicos que no cumplan el pago de un laudo laboral declarado por una autoridad durante el periodo de su gestión, el diputado Edgardo Hernández Contreras, presentó ante el pleno del Congreso del Estado la iniciativa que adiciona párrafo de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí.

Sostuvo que de todos es sabido, que los laudos laborares lastiman enormemente las finanzas públicas de cualquier ente fiscalizable o institución pública, y queda de manifiesto que las instituciones públicas con laudo condenatorio, se les da la opción de presupuestar los pasivos laborales, ya sea mediante pagos en parcialidades o por la cuantía, en un solo acto, y poder así, evitar que los laudos laborales sigan incrementándose perjudicialmente e impactando las arcas públicas.

“En la actualidad, existen administraciones, sea Estatal o municipal, que al iniciar su gestión, no llevan a cabo actos tendientes a liquidar esos pasivos laborales, sino que, los van heredando de administración en administración, y con esto se va generando un incremento considerable a pagar con daño al erario público”, puntualizó.

El legislador destacó la importancia de esta adición en lo que se refiere al Capítulo II De las Faltas Administrativas Graves de los Servidores Públicos en su Artículo 62, al establecer que cometerá desacato el servidor público que, tratándose de requerimientos o resoluciones de autoridades fiscalizadoras, de control interno, judiciales, electorales, laborales, o en materia de defensa de los derechos humanos o cualquier otra competente, proporcione información falsa, así como no dé respuesta alguna, retrase deliberadamente y sin justificación la entrega de la información, a pesar de que le hayan sido impuestas medidas de apremio conforme a las disposiciones aplicables.

El diputado Hernández Contreras advirtió que “igualmente cometerá desacato los servidores públicos que, tratándose de requerimientos o resoluciones de autoridades laborales, retrasen deliberadamente y sin justificación el pago de un laudo laboral declarado firme y que no hayan hecho gestiones tendientes para su pago durante su administración. Conducta sancionada a lo establecido por el artículo 77 de esta ley, y en caso de que la persona demandada ya no sea servidor público, se aplicarán las sanciones establecidas en la fracción IV del mismo numeral”.

El legislador Edgardo Hernández recordó que fue el 21 de julio del 2018, cuando se reformó la ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, en su artículo 31, fracción II, en donde se establece que, los entes fiscalizables, ya sea de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y de los municipios, así como de los organismos públicos descentralizados y empresas de participación estatal o municipal, deberán presupuestar las deudas laborales que mantengan con trabajadores o ex trabajadores, que tengan un laudo condenatorio contra la institución, ya que es esta Ley, la que establece las bases en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio, control, y evaluación de los ingresos y egresos públicos estatales y municipales.

Además, señaló que el Artículo 31 en el proyecto de Presupuesto de Egresos se deberán presentar en una sección específica, las erogaciones correspondientes al gasto en servicios personales, el cual comprenda, “Las remuneraciones de los servidores públicos y las erogaciones a cargo de los ejecutores del gasto, por concepto de obligaciones de carácter fiscal y de seguridad social inherentes a dichas remuneraciones”.

Por último, dijo que de igual forma, las previsiones salariales y económicas para cubrir los incrementos salariales, la creación de plazas, deudas por laudos laborales y otras medidas económicas de índole laboral. Dichas previsiones serán incluidas en un capítulo específico del Presupuesto de Egresos. Una vez aprobada la asignación global de servicios personales en el Presupuesto de Egresos, ésta no podrá incrementarse.

La iniciativa del legislador fue turnada a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen.

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