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Diputada de Morena busca sancionar a quien patrocine protestas violentas

Marcela Loyola

La diputada por Morena, Alejandra Valdés Martínez presentará este jueves, una iniciativa para reformar el artículo 271 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el fin de sancionar hasta con seis años de prisión por delito de ‘motín’ a quien patrocine la destrucción de bienes que son propiedad colectiva de las y los potosinos mismos que presentan un carácter de invaluables, esto a través de manifestaciones violentas consideradas como ‘motín’.

En su exposición de motivos, la legisladora señala que esta iniciativa la presentó por los actos vandálicos que ocasionan, individuos que, valiéndose de la libre manifestación, del tumulto, de las marchas, de las protestas, causan destrucción y daños a los edificios y a los bienes e incluso a los símbolos que representan las instituciones públicas, los poderes o el propio Estado.

“Causando con esto terror en la sociedad e incluso un desafío al propio Estado de Gobernabilidad, lo que representa la necesidad de incluir esta conducta como un agravante de la hipótesis normativa denominada motín en nuestra ley penal, es imperativo que dicha conducta represente un agravante puesto que se ha vuelto en el común denominador, en las manifestaciones de los últimos años donde individuos con fines siniestros utilizan este tipo de eventos para realizar actos de violencia reprobables que buscan desestabilizar el Estado de Gobernabilidad y la paz pública”, puntualizó.

Valdés Martínez consideró que para evitar daños a personas o edificios es necesario emplear el recurso último del que dispone el Estado para garantizar la vida en sociedad, como lo es el Derecho Penal, caracterizado por la imposición de sanciones estrictas a aquellas personas que lesionen o pongan en peligro los bienes jurídicos de los seres humanos en la sociedad.

Especificó que el artículo 270, señala que cometen el delito de motín quienes, para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnen tumultuariamente y perturban el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas o amenazan a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación, este delito se sancionará con una pena de uno a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

La reforma al artículo 271, es agregar el párrafo: “A quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer el delito de motín, se les impondrá una pena de dos a seis años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización”.

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