Ante el semáforo rojo de máximo riesgo que implica la enfermedad por el virus SARS-COV2-COVID 19, los Plenos del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, emitieron conjuntamente el Acuerdo General Quinto, mediante el cual se adoptan medidas de contingencia en los órganos administrativos y jurisdiccionales y se decreta la suspensión de actividades del 28 de enero al 9 de febrero.
Dichas medidas se han adoptado a fin de garantizar la protección de las servidoras y los servidores públicos que conforman el Poder Judicial del Estado, así como de las personas justiciables en general.
Quedan exceptuadas aquellas resoluciones de primera y segunda instancia que se tengan que dictar en cumplimiento a las ejecutorias de amparo.
Con la finalidad de evitar la concentración de personas, y con ello, la propagación del virus, en dicho acuerdo se determina la suspensión de las actividades en los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia y administrativos del Poder Judicial del Estado, por lo que no correrán términos procesales en materia civil, mercantil, familiar y laboral, en el período mencionado.
En los Juzgados Penales del Sistema Tradicional, de Justicia Especializado en Adolescentes y ejecución de medidas tradicional, así como en los Juzgados Mixtos de Primera Instancia que conozcan de la materia penal y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado, se implementarán guardias para atender los asuntos urgentes.
En los Centros Integrales de Justicia y en los Tribunales de Juicio Oral, no se suspenderán términos procesales ni audiencias, las cuales se llevarán a cabo a través de videoconferencia o presenciales según lo determinen los operadores jurisdiccionales, en audiencia privada y solo con las partes involucradas.
En el Juzgado Especializado en Órdenes de Protección de Emergencia y Preventivas a favor de la Mujer y de Procedimientos no Controvertidos y en los Juzgados Familiares del Primer, Segundo, Tercero y Sexto Distrito Judicial con residencia en la ciudad de San Luis Potosí, Matehuala, Rioverde y Ciudad Valles, deberán implementarse guardias para atender los asuntos urgentes, como son los relativos a la emisión de las órdenes de protección y consignación de pago por alimentos; así como también, el Área de Recursos Financieros para la liberación de los cheques de depósito.
El Centro de Conciliación y Mediación del Poder Judicial, igualmente cerrará sus instalaciones en el periodo acordado.
El Tribunal de Justicia Laboral deberá establecer guardias del 28 de enero al 9 de febrero para los casos urgentes.