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Otorgan amparo a Kamel Nacif tras orden de captura por tortura a Lydia Cacho

Un Tribunal Federal otorgó un amparo al empresario Kamel Nacif, El rey de la mezclilla, el cual lo deslinda de toda responsabilidad en el delito de tortura en agravio de la periodista Lydia Cacho, sentencia que echa abajo la orden de aprehensión en su contra.

Los magistrados del Tercer Tribunal Colegiado en el estado de Quintana Roo señalaron que los hechos por los cuales se le acusó y que ocurrieron el 16 y 17 de diciembre de 2005, cuando la escritora fue aprehendida y torturada, no guardan relación con la publicación del libro “Los Demonios del Edén”.

El fallo de la sentencia fue dado a conocer por la organización Artículo 19, la cual manifestó preocupación por la sentencia porque abrió el camino para la absolución del resto de los acusados.

“El amparo en revisión (bajo el número 143/2021) fue resuelto por mayoría, con el voto a favor de Selina Ahidé Avante Juárez, magistrada ponente del asunto, y Graciela Bonilla González, secretaria de tribunal en funciones de magistrada. El voto en contra fue del magistrado Jorge Mercado Mejía”, detalló.

En abril , el Segundo Tribunal Unitario de Quintana Roo negó un amparo a Kamel Nacif. Ante ello, el empresario promovió el recurso de revisión, el cual fue resuelto el 15 de julio por el Tribunal Colegiado liberándolo de toda responsabilidad.

“Con un análisis profundamente sesgado, al momento de valorar las conversaciones telefónicas entre el ex gobernador de Puebla, Mario Marín, referenciado en ellas como El gober precioso, y Kamel Nacif, reveladas en febrero de 2006, el Tercer Tribunal Colegiado consideró que, cuando Marín dice que acababa de dar ‘un pinche coscorrón a esta vieja cabrona (sic)’, se trata de una afirmación ´vaga y genérica´ que en México es utilizada para identificar a una mujer” criticó la organización.

Los magistrados puntualizaron que “ante la falta de precisión de algún nombre, no puede concluirse que entre todas las mujeres del mundo, los que intervinieron en la llamada se referían en específico a la sujeto pasivo (Lydia)”.

También consideraron que “no hay prueba fehaciente” sobre la existencia de una orden para torturar a la periodista por publicar el libro y que, todo lo sucedido y vivenciado por ella, se reduce a la responsabilidad de los dos policías que detuvieron a Cacho.

Coincidieron que es poco relevante que automóviles propiedad de Nacif acompañaran de forma ilegal a los policías judiciales durante el traslado de Lydia Cacho en el trayecto de Puebla-Cancún-Puebla.

“Para un país donde la tortura, particularmente la de índole sexual contra mujeres, es una práctica generalizada y la violencia contra la prensa es una constante que se registra cada 13 horas, el mensaje de las autoridades judiciales es devastador al favorecer la impunidad”, indicó Artículo 19.

Apuntó que la sentencia además denota un profundo desconocimiento de los estándares internacionales en materia de derechos humanos y tiene una clara intención de exonerar a todos los autores intelectuales.

“Además, desconoce y contraviene por completo lo determinado en el caso por parte del Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 2018. La resolución del Comité reconoce que la periodista y activista fue detenida arbitrariamente y torturada como medida punitiva con motivo de la publicación del libro Los Demonios de Edén, en el que se señalaba a altos empresarios y autoridades involucrados en la explotación sexual infantil, incluyendo a Nacif y Marín” enfatizó.

Finalmente, hicieron un llamado al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, sobre la necesidad de depurar el aparato judicial federal en el país.

Con información de: Milenio

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