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Te decimos cómo tramitar la e.firma y cuándo debemos renovarla

Con una vigencia de hasta cuatro años, la Firma Electrónica (e.firma) es el conjunto de datos y caracteres que identifica a una persona al realizar trámites y servicios por internet ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como en otras dependencias, entidades federativas, municipios y la iniciativa privada.

La e.firma es única, es un archivo seguro y cifrado, que tiene la validez de una firma autógrafa. Por sus características, es segura y garantiza su identidad. Por ello, si lo que desea es realizar algunos trámites ante el fisco se requiere de la e.firma y a continuación daremos a conocer cuáles son los requisitos para tramitarla.

¿Cómo solicitarla?

Lo primero que se necesita saber es que se trata de un trámite que se realiza de forma presencial. Entonces para concluirlo tendrá que solicitar una cita por internet a través de la página del SAT. Aquí.

También quedarán registrados sus datos biométricos, tales como: foto, huellas dactilares, iris, firma autógrafa. Una vez que se presente y se realice el proceso pedirán la siguiente documentación.

¿Cuáles son los requisitos?

-Deberá tener un correo electrónico al que tenga acceso.

-Llevar una unidad de memoria extraíble preferentemente nueva que contenga el archivo de requerimiento (.req) generado previamente en el programa Certifica.

-Forma oficial FE “Solicitud de Certificado de e.firma”.

-Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP).

-Si es mexicano por naturalización, presentar original o copia certificada de la carta de naturalización expedida por autoridad competente.

-Si es extranjero, Forma Migratoria Múltiple expedida por el Instituto Nacional de Migración.

-Comprobante de domicilio, en el caso de que únicamente cuente con el Régimen de Sueldos y Salarios se aceptará como comprobante, la credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral, siempre y cuando el domicilio sea visible.

-Identificación oficial vigente.

-En caso de ubicarse en alguno de los supuestos de representación legal, deberá presentar la información señalada en el apartado información adicional conforme a tu casa.

Una vez que se desarrolló todo el procedimiento y se entregó la documentación, deberá firmar el acuse de generación de certificado digital de e.firma.

Será importante mencionar que algunos de los trámites que podrá realizar digitalmente una vez que tenga su e-firma son: declaraciones atrasadas, solicitud de devolución de impuestos, cambios en el RFC, firmar documentos e ingresar al buzón tributario del SAT.

En ese sentido, hay que recordar que el buzón tributario deberán habilitarlo todos aquellos contribuyentes que comiencen a tributar o migren al Régimen Simplificado de Confianza a partir del 1 de enero de 2022.

También, los contribuyentes o personas físicas que hasta el 31 de diciembre de 2021 tributaron en un régimen distinto, y a partir del 1 de enero de 2022 migren al Régimen Simplificado de Confianza y que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su buzón tributario.

Así como todas las personas inscritas en el RFC, salvo aquellos sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas

El SAT anunció que el buzón deberá tener registrados y actualizados dos mecanismos de comunicación que son: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que falte registrar alguno de los dos mecanismos, es recomendable hacerlo a la brevedad.

Con información de Infobae

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