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Falló la Suprema Corte: paliza al proyecto de Pérez Dayán y se posterga la solución al caso Gertz Manero

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto que proponía amparar a las mujeres acusadas del homicidio por omisión de Federico Gertz Manero, por no abordar de fondo el estudio del tema.

El proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán no recibió el apoyo de ninguno de sus compañeros y compañeras e incluso recibió fuertes críticas -en la jerga judicial y con la etiqueta de la Corte- por elaborar un proyecto muy formal y no estudiar los reclamos de las mujeres encarceladas.

En el aire quedó la postura de que un amparo para efectos (que obligue a retomar el tema en otra serie de juicios) solo retrasaría el asunto y no representa una solución a la altura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En el debate, cada uno de los ministros tomó la palabra para posicionarse sobre el asunto de fondo y sus efectos.

El ministro presidente, Arturo Zaldívar, votó en contra del proyecto y se pronunció por estudiar a fondo el tema en un nuevo proyecto.

Esta corriente de pensamiento fue secundada por Yasmín Esquivel Mossa, Alfredo Gutiérrez Ortiz, Loretta Ortiz y de Jorge Mario Pardo Rebolledo.

La otra postura fuerte durante la sesión fue conceder un amparo liso y llano. El primero en poner sobre la mesa una victoria total para las acusadas fue el ministro Javier Laynez Potisek, le siguieron la ministra Margarita Ríos, Norma Lucía Piña y Luis María Aguilar.

El ministro Luis González Alcántara Carrancá criticó que este delito refuerce conductas de género, pues tradicionalmente se asigna a las mujeres la obligación de cuidado y el castigo cuando esto no ocurre. En la parte final se pronunció por la libertad inmediata.

En su réplica, el ministro Alberto Pérez Dayán defendió sus argumentos. Dijo que asignar el tema a otro ministro implicará retrasar el tema, lo que afectará la obligación de dar justicia pronta y expedita, para las mujeres acusadas y para los familiares de la víctima.

También defendió la jurisprudencia que no obliga a revisar los argumentos de las mujeres acusadas y a que el asunto regrese a los tribunales, por considerar que no se puede sustituir el trabajo de las jueces y tribunales de menor rango.

Con información de Aristegui Noticias

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