El beneficio de la prisión domiciliaria que un juez federal le concedió a Miguel Ángel Félix Gallardo, fundador del Cártel de Guadalajara, obedece a que los peritajes médicos que se le realizaron por orden de un juez, le dan una expectativa de vida de tan solo tres años, informó el Director General de Prevención y Reinserción Social del Estado de Jalisco, José Antonio Pérez Juárez.
En entrevista con Aristegui en Vivo, Pérez Juárez detalló que el narcotraficante ya había buscado la prisión domiciliaria en dos ocasiones previas, pero se la habían negado, por lo que fue hasta este momento cuando un juez consideró que su situación médica ya no es compatible con su estancia en el penal estatal de Puente Grande, Jalisco, debido a sus múltiples problemas de salud. Además, de que perdió la visión y el oído del lado derecho, se le ha operado de la vesícula y requiere otras intervenciones, explicó.
“El juez ordenó que peritos oficiales en materia de medicina dictaminaran las condiciones de salud de Miguel Ángel Félix y esos dictámenes de los médicos le indican al juez que la expectativa de vida de Félix Gallardo no rebasa los tres años y que inclusive, puede sobrevenir un fallecimiento antes de ese periodo de tiempo; en razón de lo cual, el juez, únicamente por ese tema de salud ordena que sea recluido en un domicilio”, reveló.
El funcionario estatal explicó que aún cuando la Fiscalía General de la República (FGR) anunció que apeló la decisión tomada por un juez federal con el propósito de que Félix Gallardo no pueda salir de prisión, las leyes vigentes no impiden que se vaya a su casa en lo que se resuelve el fondo de la impugnación promovida por el Ministerio Público Federal.
De acuerdo con el artículo 472 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la apelación “no suspende la ejecución de la resolución judicial impugnada”, por lo que la orden del Juzgado Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales de la Ciudad de México para cambiar la prisión preventiva que actualmente mantiene preso a Félix Gallardo por la prisión domiciliaria sigue vigente.
La acción de la FGR, que es una apelación, no tiene el efecto jurídico o el alcance, para suspender la resolución del juez federal hasta en tanto no hubiera una sentencia de un tribunal superior, en este caso un tribunal unitario que modifique la resolución del juez
Por lo anterior, explicó Pérez Juárez, la apelación “no tiene la posibilidad de detener el cumplimiento” de la sentencia dictada por el Juez Séptimo de Distrito de Procesos Penales Federales de la Ciudad de México”.
Agregó que la prisión domiciliaria obliga al imputado, es decir, al fundador del Cártel de Guadalajara a portar un brazalete electrónico que va a ser monitoreado por la Guardia Nacional, corporación de seguridad que además deberá custodiar de forma permanente el domicilio que la familia de Félix Gallardo proporcionó a las autoridades penitenciarias para que se cumpla con la medida cautelar de confinamiento.
Dijo que el costo del dispositivo será desembolsado por el capo sinaloense condenado a 40 años de prisión por delitos contra la salud y delincuencia organizada en el proceso penal que enfrentó tras ser detenido en abril de 1989.
Añadió que en el momento en que la defensa de Félix Gallardo le comunique sobre la colocación del brazalete electrónico en los brazos o piernas del imputado, avisará a la Guardia Nacional para que el capo sea trasladado al domicilio donde deberá cumplir con el confinamiento, el cual se localiza en la zona metropolitana de Guadalajara.
Por último, el Director General de Prevención y Reinserción Social del Estado de Jalisco adelantó que las dos únicas razones que Miguel Ángel Félix puede invocar para salir de su domicilio son visitas médicas supervisadas y acudir a las audiencias judiciales de los dos procesos penales que lleva.
En caso de que incumpla con el confinamiento, se ordenaría su regreso a prisión de forma inmediata.
Con información de Aristegui Noticias