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Gobierno le ganó a Caro Quintero cinco inmuebles en juicio de extinción de dominio

Una jueza federal especializada declaró la extinción de dominio de cinco inmuebles relacionados con el narcotraficante Rafael Caro Quintero y su esposa María Elizabeth Elenes Lerma o Elizabeth Elenes de Caro, por lo que ahora pasarán a manos del Estado mexicano, informó la Fiscalía General de la República (FGR).

A petición de la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio (UEMED), dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional (FECOR), la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, Especializada en Juicios Orales Mercantiles con sede en la Ciudad de México, Argelia Román, declaró procedente la acción de extinción de dominio sobre dos departamentos, dos casas y un local comercial que Caro Quintero y sus familiares habrían adquirido presuntamente con ganancias ilícitas.

Inmuebles sujetos a extinción de dominio están ubicados en Zapopan, Jalisco, y estaban a nombre de la esposa de Caro Quintero y a sus cuatro hijos: Héctor Rafael, Roxana Elizabeth, Henoch Emilio y Mario Yibrán, todos de apellidos Caro Elenes.

Para la jueza de a causa, la solicitud de la FGR acreditó los elementos previstos en la norma para la incautación definitiva de los bienes de la familia Caro Quintero:

Agotado el procedimiento jurisdiccional en todas sus etapas, la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México, dictó sentencia favorable mediante juicio oral, declarando judicialmente la extinción de dominio de los cinco bienes inmuebles, propiedad de Rafael (Caro Quintero), a favor del Estado, afectando así las finanzas de la delincuencia organizada.

La sentencia de primera instancia implica que los inmuebles deben ser puestos a disposición del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, mismo que a su vez tendrá que enajenarlos o entregarlos al gobierno de Estados Unidos, el cual solicitó la propiedad de dichos activos mediante una solicitud de asistencia jurídica, prevista el artículo 250 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

De acuerdo con el expediente, el 25 de octubre de 2019, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América presentó una solicitud de asistencia jurídica internacional para el decomiso de los cinco inmuebles localizados en Zapopan, Jalisco.

La petición de extinción de dominio fue impulsada por la Corte de Distrito Este de Nueva York, por considerar que dichas propiedades fueron adquiridas con recursos procedentes de la venta de narcóticos.

Dicha solicitud consistía en que se diera publicidad a la demanda de extinción de dominio; se realizara la notificación a los demandados; se tomaran las medidas necesarias para preservar los bienes asegurados y en su momento, en términos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ejercitara la acción de extinción de dominio respecto de cinco inmuebles.

Por tratarse de una sentencia de amparo, la defensa de la familia Caro Quintero aún puede presentar una apelación y promover juicios de amparo, por lo que el fallo todavía no es definitivo.

De acuerdo con la demanda de extinción de dominio 4/2022, los cinco inmuebles sobre los que se declaró la extinción de dominio y que pasarían a formar parte del Estado mexicano son:

1.- Casa ubicada en calle Paseo de los Virreyes 4283, Lote 21, Manzana 41, Fraccionamiento Villa Universitaria en Zapopan, Jalisco.

2.- Casa localizada en calle Luigi Pirandello 5397, Lote 29 B, Manzana 145, Fraccionamiento Vallarta Universidad en Zapopan, Jalisco.

3 y 4.-. Dos departamentos de lujo ubicados en calle Sagitario 5289, interiores 8 y 9, Condominio Sagitario, Fraccionamiento Residencial Arboledas en Zapopan, Jalisco.

5.- Local Comercial ubicado en Avenida Melchor Ocampo Bodega 468, Local 21, Fraccionamiento Mercado de Abastos Norte, Mercado el Campesino.

Con la declaratoria de extinción de dominio, se decretó la pérdida de derechos de propiedad sin contraprestación ni compensación alguna para los bienes que estaban a nombre vitalicio de Rafael Caro Quintero y su familia.

Con información de: Aristegui Noticias

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