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Indígena tzeltal de Chiapas absuelta de la muerte de su abusador

Un juez absolvió por insuficiencia probatoria y por duda razonable a Juanita “N”, una tzeltal de 18 años, quien después de violada fue acusada de homicidio calificado, informó la abogada Marcela Fernández, de la colectiva Cereza.

La defensora explicó que se trata de un caso registrado en el contexto de violencia en San Cristóbal de las Casas en contra de mujeres de pueblos originarios que migran a la ciudad y que son víctimas de violencia sexual, además que Juanita “N” ya había sido violentada a los 15 años cuando llegó a la zona.

Entrevistada afuera del penal número 5, situado a unos 15 kilómetros de Tuxtla Gutiérrez, mientras esperaba la salida de Juanita, dijo que la joven de 18 años, originaria del municipio de Cancuc, fue arrestada el 14 de marzo del año pasado en una vivienda del barrio Guadalupe de San Cristóbal de las Casas, lesionada y en un “estado alterado de conciencia”; esos signos fueron ignorados por el agente ministerial.

La abogada agregó que en ese domicilio se encontró el cuerpo sin vida de Juan “N”, y la ahora liberada fue acusada del homicidio. Además, durante la secuela del proceso, el agente ministerial no tuvo ningún medio de prueba para acusarla de la responsabilidad penal.

Por esas razones jurídicas, añadió Fernández, este martes un juez dictó “sentencia absolutoria” a favor de Juanita “N” por insuficiencia probatoria y por duda razonable, ya que, precisó, ante los medios de prueba que aportó el agente del ministerio público no hubo suficiencia para establecer su responsabilidad, aunque hubiera sido “una mejor noticia” que la sentencia se dictara con perspectiva de género.

Es decir, se argumentó, considerando el contexto de violencia objetivo en San Cristóbal de las Casas en contra de mujeres de pueblos originarios que migran a la ciudad y que son víctimas de violencia sexual.

Acompañada de la activista Patricia Aracil y otras personas, la abogada Fernández dijo también que fue posible la liberación de la joven tzeltal debido a la argumentación del juez ante la insuficiencia de pruebas.

Aunado a que con la colaboración de la colectiva Cereza se aportaron medios de prueba y acompañamiento, entre ellos el dictamen realizado por una sicóloga clínica tzeltal que estableció que Juanita “padeció violencia sexual”.

Con ese recurso, expuso Fernández, se demostró estrés post trauma y la veracidad de la declaración de Juanita respecto a los hechos, asimismo, se demostró trastorno mental transitorio que se colocó en el juicio como una causa para establecer la duda razonable.

Esto, porque había diferentes escenarios que podrían haberse acreditado como teoría del caso y frente a eso el juez la absolvió, refirió.

La defensora contextualizó que Juan “N”, un hombre 30 años mayor que Juanita “N” conoció en un parque, “la acosaba y llamaba sistemáticamente. El día de los hechos la engañó para que fuera a su cuarto, la encerró, le indujo una intoxicación etílica grave y la atacó sexualmente”.

Aseguró que Juan “N” murió “violentamente, por arma, pero nadie sabe qué pasó, ya que no se esclarecieron los hechos”.

Con información de: Publimetro

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