Marcela Loyola
El diputado local Edmundo Torrescano Medina y la Comisión Nacional de Procesos Internos (CNPI) del PRI, por separado impugnaron la sentencia del Tribunal Electoral de San Luis Potosí que deja sin efectos la Asamblea del Consejo Político Estatal donde Sara Rocha Medina fue ratificada como presidenta del Comité Directivo Estatal, sólo que el primero en queja por considerar que la sanción no fue lo suficientemente severa y la segunda por considerar que no hay argumentos para reponer el proceso.
De acuerdo al documento que la CNPI entregó en Cumplimiento de la sentencia en el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano TESLP/JDC/24/2023 y su acumulado 25/2023 promovidos por el legislador y su compañera de fórmula Erika Velázquez Gutiérrez, el PRI manifiesta la “imposibilidad jurídica y material” para reponer el proceso interno extraordinario donde en San Luis Potosí eligieron a una dirigencia substituta, ya que de hacerlo estarían transgrediendo su propia normativa interna que establece que no deben coincidir postulaciones a dirigencias y a candidaturas a cargos de elección popular.
El escrito añade que los partidos políticos tienen la libertad de autorregularse y definir la forma de gobierno interno y organización; “por lo anteriormente expuesto, solicito a esa H. Autoridad Jurisdiccional que, en los términos del presente escrito, se tengan por cumplimentados los mandatos ordenados en la sentencia que por esta vía se atienden y, en consecuencia, se deje sin efectos el apercibimiento decretado en la misma”, establece el PRI nacional.
Torrescano Medina señaló que, hace un par de días Sara Rocha Medina impugnó ante la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la sentencia del Tribunal Electoral Estatal dónde manifiesta los mismos argumentos, es decir que no cuentan con elementos jurídicos y normativos para reponer el proceso interno de dirigencia.
Abundó que, la noche del miércoles él también ingresó una queja en contra de la sentencia del Tribunal local por omitir que “hubo parcialidad de parte de la dirigencia, nosotros asumimos que sí hubo parcialidad y queremos que se aboquen en ese tema también los magistrados de Monterrey”.
Explicó que, la sentencia original le da al Comité Ejecutivo Nacional a través de la Comisión Nacional de Procesos Internos “cinco días para emitir lineamientos para que a Erika y a mí se nos de la oportunidad de cumplir dos de los requisitos que no nos fue materialmente posible cumplir y si los cumplimos poder participar en igualdad de condiciones”.