La Secretaría General de Gobierno y la Dirección General de Gobernación de San Luis Potosí dieron a conocer los pormenores sobre la denominada Ley Seca que aplicará debido a las elecciones del próximo 2 de junio.
A través de una publicación en redes sociales, anunciaron la prohibición temporal para la venta, distribución, consumo y suministro de bebidas alcohólicas de cualquier tipo, que será efectiva a partir de las 00:00 horas del sábado 1 de junio hasta las 24:00 horas del domingo 2 de junio.
De acuerdo con el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, “el día de la elección y el precedente, las autoridades competentes de acuerdo a la normatividad que exista en cada entidad federativa, podrán establecer medidas para limitar el horario de servicio de los establecimientos en los que se sirvan bebidas embriagantes”
En el comunicado publicado por las autoridades, señalaron que “quien no acate las disposiciones antes mencionadas, será sancionado severamente conforme a los artículos 50 y 57 en la materia”.
Así, de acuerdo con la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado de San Luis Potosí, el artículo 50 señala que “las infracciones a la presente Ley serán sancionadas por la autoridad estatal o municipal que hubiese conocido de ellas, con independencia de las que correspondan al orden penal.
Mientras tanto, en el artículo 57 establece sanciones para titulares de las licencias de venta de alcohol, sus encargados o personal, las cuales son las siguientes:
- Apercibimiento por escrito para que se subsane o corrija la falta, dentro del plazo que fije la autoridad
- Multa de 20 a 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha en que se cometa la infracción. Por lo tanto, si una UMA en 2024 vale $108.57, la multa podría ir de los 2 mil 171 pesos a los 21 mil 714 pesos
- Multa de 200 a 1200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha en que se cometa la infracción, es decir, de 21 mil 714 pesos a 130 mil 284 pesos
- Arresto por 36 horas
- Clausura parcial o total del establecimiento o de los refrigeradores, hieleras y, en general, de los muebles que contengan bebidas alcohólicas hasta por 30 días.
- Clausura definitiva del establecimiento y cancelación de la licencia en caso de violaciones graves al reglamento.
Sin embargo, en este último punto se consideran violaciones graves la venta de bebidas alcohólicas y dar acceso a menores, que se ejerza la prostitución en el establecimiento, que se realicen juegos de azar sin contar con la licencia para ello, vender o distribuir bebidas adulteradas, suministrar bebidas alcohólicas a establecimientos que no tienen licencia o fueron clausurados y tener bebidas en envases distintos a los autorizados.
Con información de: El Sol de San Luis