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Descarta Batres riesgo a la propiedad privada con reforma en Constitución de la CDMX

El jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres, explicó que la reforma a la propiedad privada no pretende expropiar los hogares de los ciudadanos, ni modifica el régimen de propiedad en la capital.

El pasado tres de septiembre, se publicó en la Gaceta Oficial la modificación al Artículo 3 de la Constitución local, lo que llevó a la eliminación del término “propiedad privada”.

De acuerdo con Batres, el objetivo de la reforma es homologar los criterios legales entre la capital y la federación en materia de propiedad privada, dado que anteriormente, se otorgaba mayor jerarquía a lo privado que lo público.

En palabras del mandatario, la certeza jurídica que otorga la nidificación evita que una interpretación de la Ley entre el ámbito federal y local, no de paso a que los intereses privados se aprovechen de espacios para obtener beneficios económicos.

“Queda salvaguardado el interés superior de la nación, de la ciudad, de lo público y quedan protegidas la propiedad privada, la propiedad pública y la propiedad social dentro de los marcos y principios establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, mencionó.

“Dejar claro de cualquier manera que el precepto que nos guía en la Ciudad de México en materia de propiedad es el que señala el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, subrayó.

El artículo 27 de la Constitución federal alude a la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, propiedad de la nación. Aunque el Estado tiene la facultad de disponer del territorio, aclara que ciudadanos pueden tener acceso y control de la propiedad privada.

El jefe de Gobierno aclaró que el dictamen aprobado sólo dice: “respeto a la propiedad en los mismos términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Además, recalcó que la reforma protege así la propiedad privada, la propiedad pública y la propiedad social, además, no hay ninguna facultad adicional del Estado para intervenir en materia de propiedad.

En tanto, la propiedad de las personas, su patrimonio, sus bienes, casa y otro tipo posesiones, está asegurada y protegida en los mismos términos ya vigentes y no corre ningún tipo de riesgo.

Con información de: Crónica

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