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Senado aprobó reducir a 65 Años la edad para que adultos mayores reciban una pensión

El Senado de la República aprobó por unanimidad, la noche de este miércoles, el dictamen por el que se reduce de 68 a 65 años la edad para que adultos mayores de todo el país puedan recibir una pensión.

Con un total de 117 votos a favor, el Pleno de la Cámara Alta aprobó por unanimidad, en lo general y particular, la reforma a los artículos 4 y 27 de la Constitución Política, misma que también eleva a rango constitucional la pensión para personas con discapacidad, así como para que sean obligatorios los programas Sembrando Vida, los fertilizantes para el Bienestar y Bienpesca.

Asimismo, establece el derecho constitucional de toda persona a disfrutar de una vivienda adecuada. También se garantiza la rehabilitación y habilitación de las personas que viven con discapacidad permanente, dando prioridad a los menores de 18 años.

Es importante mencionar que, con el ‘visto bueno’ del Senado se logrará dar continuidad a los programas sociales impulsados por el expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y que favorecen a los ciudadanos más desprotegidos del país.

De esta forma todas las personas de la tercera edad que estén próximos a cumplir o tengan 65 años cumplidos podrán iniciar el trámite para recibir su Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, la cual establece la entrega de un apoyo económico de 6 mil pesos bimestrales.

Los interesados deben ingresar a la página oficial de la Secretaría de Bienestar para ubicar el módulo más cercano a su domicilio, así como para conocer la fecha y hora en la que deberán acudir para realizar su trámite.

Para esto se deben presentar los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente (credencial del elector, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad)
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Acta de nacimiento legible
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (teléfono, luz, gas, agua o predial)
  • Teléfono de contacto para dar seguimiento a tu trámite

En caso de requerirlo, el beneficiario podrá nombrar a una persona auxiliar, quien también debe cumplir con los requisitos mencionados previamente.

Si el adulto mayor no puede acudir presencialmente al módulo, un familiar o la persona auxiliar podrá iniciar el trámite y solicitar una visita domiciliaria para concluir con el registro.

Con información de: Radio fórmula

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