Marcela Loyola
Integrantes de la Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado aprobaron que, cuando el patrón o patrones de deudores alimentarios no reporten ante el Juzgado su despido o renuncia asumirán la carga del pago de la manutención.
Lo anterior, por una iniciativa de la exdiputada Lidia Nayeli Vargas Hernández, que propone adicionar un segundo párrafo a los artículos 166 y 167 del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí, que fue aprobada con modificaciones y pretende reconocer, proteger y garantizar que las infancias reciban alimentos por sentencia judicial en todo momento independiente de la capacidad económica del deudor, dijo la presidenta de la Comisión, diputada Jessica Gabriela López Torres.
En el Dictamen aprobado se establece que la intención es que el deudor alimentario cuando bajo alguna circunstancia tenga alguna imposibilidad, normalmente laboral, de cumplir con la obligación se le de aviso al juez de la causa que le impide asumir.

El secretario técnico de la Comisión Legislativo, Hairo Leyva estableció que, “parte importante de la reforma es la responsabilidad de dar aviso al juez (…) para que a su vez de inmediato a los tres días siguientes de que ocurre el hecho den aviso al juez que ya no van a hacer los descuentos de las pensiones alimentarias”.
“La intención es que haya una sanción a la fuente de trabajo que no de aviso de la situación laboral que hace que no se pueda cumplir con las obligaciones, de tal suerte que por cada día que pasara de no dar aviso el patrón tendría la obligación de hacerlo y si no lo hace es un día de salario por cada día que no se avise en beneficio del menor”, detalló.
La presidenta de la Comisión, diputada Jessica Gabriela López Torres señaló que, esta disposición no exime a los deudores de sus obligaciones, aunque se pronunció porque sea más un asunto cultural y no jurídico.
Votaron a favor de la iniciativa además de la presidenta de la comisión, la diputada María Leticia Vázquez Hernández y los diputados Rubén Guajardo Barrera, Luis Fernando Gámez Macías y Carlos Artemio Arreola Mallol.

