El maltrato animal continúa siendo una práctica existente y que no causa más que indignación en miles de personas y gracias a las redes sociales ha sido posible difundir estos crueles actos cometidos contra todo tipo de especies, ya sean osos, perros, gatos, peces y aves. En Twitter se publicó el video de un hecho de esta naturaleza que causó molestia, pues se trata del atropellamiento de un can.
Fue así como una cámara de seguridad captó el momento exacto en que una perrita fue atropellada en calles de San Luis Potosí, pues se puede ver como un auto color negro pasa encima de ella y una vez que se quita, se le ve lastimada, cojeando y con evidente dolor, ya que se mueve de forma errada.
Luego se queda ahí parada, en plena calle hasta que un hombre se percata de lo ocurrido y corre a ayudarla, sin embargo, la perrita se asusta por lo que acaba de vivir y huye del hombre, pensando que le hará más daño por sucedido, entonces corre en dirección contraria, luego ambos salen de cuadro y ya no se percibe qué sucedió después.
De acuerdo con un vecino que vio todo, fueron los mismos habitantes de la zona quienes auxiliaron a la perrita, ya que afirmaron que se rompió la arteria aorta, la principal encargada de transportar la sangre desde el corazón hacia el resto del cuerpo. Las desgarradoras imágenes ya circulan en redes sociales y aunque poco se alcanza a distinguir, se ve claramente cómo la perrita resultó herida, se desconoce su estado actual de salud y qué otros daños le provocó el vehículo.
¿Se puede sancionar el maltrato animal en San Luis Potosí?
De acuerdo con el Código Penal del Estado de San Luis Potosí: “Comete el delito de maltrato animal quien con ensañamiento o crueldad, por acción u omisión, maltrata animales domésticos provocándoles lesiones que produzcan menoscabo físico o les cause la muerte”. En este sentido, se establecen diversas sanciones de acuerdo al tipo de lesiones que reciba el animal.
En este contexto, el Código Penal establece lo siguiente: “Cuando se trata de lesiones mínimas que no produzca un menoscabo físico permanente, se impondrá pena de cuatro a nueves meses de prisión y sanción pecuniaria de veinte a cien días del valor de la unidad de medida de actualización vigente”.
Sin embargo, cuando se trate de lesiones que produzcan un menoscabo físico permanente se impondrá una pena de nueve a 18 meses de prisión y sanción pecuniaria de 150 a 300 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente y cuando el maltrato produzca la muerte, se impondrá una pena de 18 meses a tres años de prisión y sanción pecuniaria de 250 a 500 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.
Con información de El Heraldo de México