En reunión de Comisión de Justicia del Congreso del Estado, fue aprobado el dictamen que reforma los artículos, 239, y 242 en sus párrafos, primero, y ahora último, y en sus fracciones, VI, y VII; adicionar al artículo 242 la fracción VIII, y un párrafo último; y derogar del artículo 237 el párrafo cuarto del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
El dictamen aprobado por la Comisión de Justicia, establece sancionar con mayor con mayor severidad, el delito de abigeato, cuando este tipo penal se cometa en perjuicio de pequeños productores pecuarios, aumentando la pena máxima de 10 a 12 años de prisión.
La presidenta de la Comisión de Justicia, diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga dijo que, los principales afectados por el abigeato son los pequeños productores, quienes ven disminuido en casi la totalidad o la totalidad de su patrimonio con el robo de ganado, lo cual les resulta difícil recuperar, afectando directamente su economía.
Señaló que, los pequeños propietarios que solo tienen como actividad la cría de ganado bovino, ovino, o equino y producen lo mínimo y necesario para obtener el sustento diario al tener pérdida ocasionada por el hurto de su ganado, les genera pérdidas irreparables, al sumarse a ello otros problemas como la erosión de la tierra, inundaciones, la falta de tecnificación agrícola y altos precios de los insumos y medicamentos veterinarios.
En los próximos días, el dictamen será enviado al Pleno del Congreso del Estado, para ser discutido y en su caso ser votado.