Los titulares de las instituciones estatales de cultura, manifestamos nuestra preocupación por la conformación del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2019, en razón de lo siguiente y en cumplimiento con el marco jurídico de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales:
1) El proyecto de PEF cultura 2019 reduce notablemente los recursos disponibles para las Instituciones Estatales de Cultura y las Direcciones Generales del Sector Central de la Secretaría, corriéndose el peligro de limitar al mínimo los programas que están a cargo de cada una de ellas; igualmente, consideramos que se requiere mayor claridad sobre el destino y las formas de ejercicio de esos recursos, pudiendo significar una regresión en el proceso de descentralización iniciado desde hace varios años, lo cual detendría procesos de amplio impacto, tanto en el ámbito de las entidades federativas, como hacia los municipios de cada una de ellas; en especial pone en riesgo el cumplimiento de lo que indica la Ley de Cultura y Derechos Culturales en su Artículo 1, Fracción VI.*
2) En el anexo 19, denominado Prevención del Delito, se asigna al Ramo 48 un to millones de pesos. Anteriormente en ese rubro se desglosaban los recursos destinados al llamado Subsidio Piso, al Paice, al Pacmyc, al Foremoba y a Ciudades Patrimonio. Solicitamos respetuosamente que ese desglose se localice nuevamente en ese anexo, con objeto de darle transparencia y certidumbre a la asignación de esos recursos.
3) El llamado Subsidio Piso que fue elevándose desde 2010, llegó en 2016 a 34 millones de pesos por Estado, siendo fundamental para el desarrollo de proyectos de alto impacto en todas y cada una de las entidades federativas, por lo que consideramos de suma importancia que se nos devuelva, al menos en los mismos montos que hace dos años.
4) Por último, apelamos a la Cámara de Diputados, para que no sólo se etiqueten proyectos Estatales presentados a la Convocatoria del Programa Anual de Estímulos a las Manifestaciones Culturales y del Patrimonio 2019, con criterios de viabilidad, pertinencia y de alto impacto, sino que también se haga del conocimiento y se tome en cuenta la opinión de las Instituciones Estatales de Cultura, sobre aquellos proyectos autorizados Municipales y no gubernamentales con base en los criterios antes mencionados, en los que serían las encargadas de supervisar su ejecución y reporte de cumplimiento.
Queremos dejar muy en claro que nuestra posición pretende contribuir a un mejor manejo e impacto de los recursos escasos, tal como lo planteó la Secretaria Alejandra Frausto en su comunicación del día 18 de diciembre. La creación de la Asociación Mexicana de Titulares de Instituciones Estatales de Cultura, no tiene otro objetivo que el de ser un coadyuvante de las políticas y programas que lleve a cabo la Secretaría de Cultura del Gobierno Federal, a fin de ser más eficientes y eficaces en el gasto y operación de los recursos destinados al Sector, así como a ser un organismo de respaldo y apoyo a las políticas que en materia de cultura implemente el Gobierno de la República.
Artículo 1.- La presente Ley regula el derecho a la cultura que tiene toda persona en los términos de los artículos 4o. y 73, fracción XXIX-Ñ de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos…
Fracción VI. Establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México en materia de política cultural.