Marcela Loyola
El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí determinó que, el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), fue omiso al no realizar una consulta en tres municipios con mayoría de población indígena, con el fin de transitar del sistema de partidos políticos al de usos y costumbres para la elección de sus autoridades municipales y le ordena que después de las elecciones se retomen los trabajos.
Así se determinó en la resolución de la demanda de juicio ciudadano TESLP/JDC/11/2023, formulada por representaciones indígenas de los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás.
La resolución señala que, no se llevaron a cabo con la suficiente oportunidad las acciones necesarias por parte del CEEPAC, por conducto de su Comisión Temporal de Inclusión, pues debió realizar ante el Congreso del Estado previo a la emisión de la convocatoria de la Consulta Indígena 2022, las gestiones para garantizar que en dicho ejercicio se consultara el cambio del sistema de partidos políticos a usos y costumbres para la elección de autoridades municipales de los municipios de Tancanhuitz San Antonio y Tanlajás.
Agregó que, debido a que la consulta no puede realizarse en un lapso de 52 días dadas las fases y particularidades que necesariamente deben observarse en su desarrollo, para considerarse legalmente validad, se pospondrá hasta después de las elecciones.
Por lo anterior, se vincula al CEEPAC para que una vez concluido el proceso electoral reanude los trabajos de la Comisión Temporal de Inclusión, así como calendarizar de manera oportuna y colaborativa con las representaciones indígenas, las acciones tendientes a preparar la petición formal al Congreso del Estado para que incluya en la próxima consulta el cambio de elecciones solicitada por las y los actores, en los municipios ya mencionados.
Asimismo, esta resolución se le notificó al Instituto Nacional Electoral (INE), para las acciones legales que correspondan conforme a los procesos electorales.