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La Sala Regional Monterrey regresó candidatura al Tecmol

Marcela Loyola

La Sala Regional Monterrey determinó revocar la sentencia del Tribunal Electoral de San Luis Potosí, por lo que se le regresó la candidatura a la presidencia municipal de Ciudad Valles a José Luis Romero Calzada “El Tecmol”, postulado por la coalición Fuerza y Corazón por San Luis, al considerar que quedó acreditada su residencia por tres años previos al día de la elección.

En el juicio de revisión constitucional SM-JRC-191/2024 y acumulados, la Sala Regional Monterrey determinó revocar la sentencia del Tribunal Electoral de San Luis Potosí, quien había revocado la aprobación del registro de la candidatura de José Luis Romero a la presidencia municipal de Ciudad Valles postulado por el PAN, ya que consideró que no cumplía con el requisito de residencia efectiva de tres años inmediata anterior al día de la elección, conforme se establece en la Constitución local.

La razón de ello, porque en términos de la legislación electoral de San Luis Potosí, la constancia de domicilio y antigüedad expedida por la secretaría de un Ayuntamiento es una documental idónea para comprobar el requisito de residencia efectiva en el municipio, por lo que se le debe otorgar valor probatorio pleno, salvo prueba en contrario.

En este sentido, la Sala Monterrey estimó que el Tribunal local realizó una valoración indebida de las pruebas, ya que las constancias presentadas por el candidato para acreditar su residencia en el municipio de San Luis Potosí para contender por la gubernatura del estado en el proceso electoral 2020-2021, por sí solas no son suficientes para desvirtuar la comprobación de la residencia efectiva de tres años en el municipio de Ciudad Valles con la constancia expedida por el secretario de este Ayuntamiento, así como los demás documentos aportados para justificar el cumplimiento de dicho requisito.

Por lo anterior, se determinó restituir de manera inmediata a José Luis Romero Calzada en su candidatura.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia constitucional encargada de revisar las resoluciones emitidas por los Tribunales, Institutos, partidos políticos, y cualquier autoridad que emite actos que vulneren los derechos político-electorales en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas.

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