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¿Necesitas tu RFC o firma electrónica? El SAT agiliza procesos

A partir de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) simplificó diversos trámites y agilizó procesos clave como el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la renovación de la firma electrónica (e.firma) y la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.

Estas medidas buscan facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales, especialmente para quienes tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), aseguró el SAT en un comunicado.

Uno de los principales cambios es que ya no es necesario realizar la preinscripción en el Portal del SAT para las personas físicas y morales que deseen inscribirse en el RFC, por lo que el proceso es mucho más ágil y sencillo para los nuevos contribuyentes.

Además, quienes soliciten la inscripción al RFC o la obtención de la e.firma, solo deben presentar su credencial para votar vigente expedida por el INE, ya que se eliminó la necesidad de llevar comprobante de domicilio o CURP.

En cuanto a la renovación de la e.firma, las personas físicas que tengan menos de un año con su firma vencida pueden realizar el trámite por canales remotos, lo que representa una opción conveniente para quienes prefieren no acudir a las oficinas del SAT.

Si deciden hacerlo de manera presencial, basta con presentar una memoria USB y verificar su identidad mediante la huella digital.

El SAT también informó que agilizó el proceso de obtención de la Constancia de Situación Fiscal, la cual ahora puede gestionarse fácilmente en oficinas presentando la credencial del INE o usando la huella digital.

También está disponible desde cualquier lugar a través de los servicios en línea del SAT, como SAT ID, la aplicación SAT Móvil, el chat y la Oficina Virtual.

Asimismo, ahora los contribuyentes pueden acceder a la nueva Cédula de Datos Fiscales, una herramienta que les permite consultar información como su nombre, RFC, régimen fiscal y código postal. Esta cédula está disponible para consulta en línea en el portal del SAT.

Quienes tributen bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tienen aún más ventajas, pues quedarán exentos de presentar la declaración anual. Ahora solo deberán cumplir con los pagos mensuales correspondientes.

Por otro lado, aquellos dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades forestales, que sean socios o accionistas de uniones de crédito, también pueden a partir de ahora tributar bajo este régimen, lo que les ofrecerá mayores facilidades fiscales.

Finalmente, el SAT habilitó la posibilidad de que las personas físicas que hayan salido del RESICO puedan reincorporarse fácilmente presentando un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades.

Con información de: Aristegui Noticias

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