Marcela Loyola
La jueza Séptimo de Distrito en el Estado de San Luis Potosí con sede en Ciudad Valles, Ma. Lucrecia Martínez Galván multo a la secretaria de Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, por incumplir con la suspensión decretada, para que a las comunidades indígenas pudieran acceder los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) y sin decrementos.
Juan Felipe Cisneros Sánchez, del Observatorio Indígena Mesoamericano, recordó que, el apercibimiento y requerimiento realizado el pasado 27 de noviembre y recientemente publicado en estrados, señala “que si bien ha realizado comunicaciones internas y desplegado instrucciones a sus subalternos para mantener las cosas en el estado que guardan respecto a los recursos del componente indígena del FAIS que corresponden a las comunidades quejosas, también de autos se desprende que en las misivas que ha remitido, se ha limitado a instar a sus subalternos a paralizar las cosas hasta en tanto se resuelva el amparo”.
Abundó que, incluso “ha ordenado se reserve la transferencia de los recursos del componente indígena del FAIS, lo que resulta contradictorio a los efectos de la suspensión decretada en el presente asunto, es así, virtud de que la suspensión materia del juicio de derechos fundamentales, se concedió para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente se encuentran y se impidan los efectos y consecuencias del Acuerdo reclamado en la esfera jurídica de las comunidades quejosas”.
Puntualizó que, “esto es, para que las autoridades responsables se abstengan de llevar a cabo cualquier acto tendente a ejecutar o aplicar la reducción del monto, señalado a las comunidades quejosas; efectos que se han informado en múltiples ocasiones e incluso, en el requerimiento de 14 de noviembre de 2025, se especificó que la concesión de la medida, no implica la que no se realice la entrega de dichos recursos a las comunidades quejosas, contrario a los mandamientos de reserva que ha emitido la responsable”.
Cabe recordar que, tanto los consejeros indígenas, como el Observatorio Indígena Mesoamericano, han denunciado constantemente esta actitud de hacer caso omiso a los requerimientos judiciales, no solo una vez, sino sistemáticamente.
Esta es la primera vez que se le multará a la secretaria de Bienestar directamente a quien se le impone una multa personal por 115 Unidades de Medida y Actualización, conforme a lo dispuesto en los artículos 237, fracción I, y 259, ambos de la Ley de Amparo. Por tanto, la sanción económica que se impone en lo individual y personal, lo es por la cantidad de 13 mil 11 pesos, con la precisión de que las multas impuestas al titular de una autoridad únicamente inciden en la esfera jurídica del funcionario como persona física, no en su calidad de ente dotado de poder público, siendo consecuencia legal de la conducta del servidor público.
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Aunado a la multa se le vuelve a requerir a la Secretaría del Bienestar del Poder Ejecutivo Federal, por medio de Adriana Montiel Reyes, para que dentro del plazo de tres días, de cumplimiento a la suspensión definitiva concedida en los incidentes de suspensión 274/2025, 275/2025, 276/2025, 277/2025, 278/2025 y 279/2025 acumulados al presente incidente de suspensión 269/2025, respectivamente, en los términos precisados en las mismas, sin que ello implique que no se realice la entrega de dichos recursos, ya sea reservando o desconociendo su derecho a las comunidades quejosas.
De no hacerlo se le impondrá una multa equivalente a doscientas Unidades de Medida y Actualización, ello conforme a los artículos 237, fracción I, y 259, ambos de la Ley de Amparo.

