La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló cambios a la Ley del Registro Civil de Yucatán que permiten a madres y padres registrar a sus hijas e hijos con apellidos compuestos o con más de dos apellidos simples.
Durante una sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se determinó que la Ley del Registro Civil de Yucatán vulnera la libertad de madres y padres al impedir que los apellidos compuestos formen parte del nombre de sus hijas e hijos
El fallo se dio luego de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnara el Decreto 747/2024, que introdujo modificaciones al artículo 40 de dicha normativa.
De esta manera, queda formalmente reconocido que los padres o madres, ya sean biológicos o adoptivos, pueden registrar a sus hijas e hijos con apellidos compuestos o incluso con más de dos apellidos simples correspondientes a una misma persona, asegurando un marco legal claro que respeta y contempla la diversidad de denominaciones familiares previstas en la legislación vigente.
Con información de Cronista .

