En sesión ordinaria, el pleno de la LXII Legislatura aprobó por unanimidad el dictamen que expide la nueva Ley de Mejora Regulatoria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, la cual obligará a los entes de gobierno, ayuntamientos, Poderes del Estado y a todas las autoridades, a mejorar los trámites administrativos, hacerlos más accesibles, y sobre todo implementar herramientas tecnológicas en beneficio de los ciudadanos.
Esta nueva ley tiene por objetivo establecer los principios y las bases a los que deberán sujetarse el Estado y sus municipios en sus respectivas competencias en materia de mejora regulatoria y obligatoria para todas las autoridades, dependencias, entidades, órganos u organismos gubernamentales, así como órganos autónomos del ámbito estatal y municipal.
Contempla que el incumplimiento de las obligaciones establecidas por la presente Ley, por parte de los servidores públicos de los órdenes de gobierno, será sancionado en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí y en forma supletoria por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Con esta nueva Ley de Mejora Regulatoria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, la LXII Legislatura cumple con lo aprobado por el Congreso de la Unión que establece que con el motivo de la publicación de la Ley General de Mejora Regulatoria en mayo del 2018, los Poderes Legislativos estatales cuentan con un año para armonizar sus marcos legales para que la entidad cuente con una legislación que contemple los nuevos elementos de la política nacional en la materia.
Con esta nueva ley local, que abroga la actual Ley de Mejora Regulatoria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, se creará el Sistema Estatal de Mejora Regulatoria y la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, como un organismo desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, la que estará presidida por un Comisionado, quien será designado por el titular del Poder Ejecutivo, a propuesta del titular de la Secretaría de Desarrollo Económico. A su vez, se renuevan los Consejos Estatales y Municipales de mejora regulatoria, ampliando sus facultades.
A partir también de la Norma General, se crean nuevos instrumentos: El Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, una herramienta tecnológica que compila las Regulaciones, los Trámites y los Servicios de los sujetos obligados y el Registro Nacional de Regulaciones que contendrá todas las regulaciones del país.
De forma proactiva en el ámbito estatal, se dispone la creación de herramientas correlativas: El Catálogo Estatal de Regulaciones y el Registro Estatal de Trámites y Servicios y Trámites y Servicios, que a su vez aglutinan a otros elementos y herramientas tecnológicas que compilarán los Trámites y Servicios de los sujetos obligados, con el objeto de otorgar seguridad jurídica a los usuarios. Estos instrumentos tendrán carácter público y la información que contengan será vinculante para los sujetos obligados, por lo que se trata de instrumentos permanentes y obligatorios.
Para darle retroalimentación y capacidad de reforma institucional, se reconoce en la Ley al Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria, y se plantea la inclusión de uno de sus representantes como invitado en el Consejo Estatal; entre otros preceptos.