Los centros cambiarios del país deberán apretar las medidas de control e identificación de clientes para evitar el lavado de dinero a través de sus servicios, anunció la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
En una publicación realizada este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia detalló que en el caso de operaciones individuales por un monto igual o superior a los mil dólares e inferior a los 3 mil, los centros cambiarios deberán registrar en sus sistemas el nombre completo del usuario sin abreviaturas, país de nacimiento, nacionalidad, fecha de nacimiento, domicilio y número de identificación nacional, en casos particulares.
Si la operación es realizada por una persona moral, se debe registrar el nombre o denominación social, número de Fiel, RFC, domicilio y los datos personales de identificación de la persona que realiza la operación a nombre de la empresa o negocio.
Cuando el monto de la operación sea mayor o igual a 3 mil dólares e inferior a 5 mil, los centros cambiarios guardarán además copia de la identificación oficial de la persona que realiza la transacción. Si el monto es superior a esa cifra, se abrirá un expediente particular de la persona y será conservado por el centro cambiario para vigilar futuras operaciones.
La SHCP detalló otros casos particulares a los cuales deberán atender los centros cambiarios si no quieren ser sujetos a multas y sanciones de parte de la autoridad.
Estas modificaciones a la manera de operar de esas instituciones responde a las recomendaciones que realizó el Grupo de Acción Financiera (GAFI) en enero del año pasado para fortalecer la prevención y combate al lavado de dinero a través de operaciones cambiarías.
Las disposiciones ya eran conocidas por parte de los centros cambiarios, que tuvieron varios meses para realizar ajustes a sus sistemas y operaciones y así cumplir con las nuevas reglas publicadas este miércoles en el DOF.
Con información de El Financiero.