El diputado José Antonio Zapata Meraz presentó en la sesión ordinaria una iniciativa para crear la Ley de Movilidad del Estado de San Luis Potosí, ante el crecimiento urbano que ha tenido en los últimos años y que plantea nuevos retos en la materia.
Señaló que el planteamiento es que la Ley de Movilidad y la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública entrarán en vigor en el año 2020.
Las partidas presupuestarias para el cumplimiento de esta Ley se contemplarán en la integración del presupuesto para ese año y se da un plazo de seis meses para la integración y comienzo de operaciones de los organismos que esta Ley prevé, a partir de la entrada en vigor de la norma.
El Poder Ejecutivo deberá crear la Dirección de Movilidad, como una unidad administrativa dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por medio del Decreto correspondiente, en cumplimiento del artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí.
El propósito es planear, organizar, administrar y controlar el espacio urbano y la infraestructura para el seguro, libre y productivo desplazamiento de las personas con discapacidad o movilidad reducida, peatones, ciclistas motociclistas y automovilistas, de conformidad a un uso democrático de los derechos, garantías, obligaciones y del territorio.
La propuesta considera adicionar una nueva fracción a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de: expedir esta Ley de Movilidad del Estado de San Luis Potosí, para buscar responder a la problemática de nuestra entidad en esta materia de movilidad.
Considera el diseño de un marco normativo que de sustentabilidad a la planeación, las políticas y las acciones gubernamentales, poniendo especial énfasis en criterios de transversalidad e integralidad como la coordinación interinstitucional, la adecuación de las agencias públicas encargadas de atenderlo y la participación ciudadana, creando para ese propósito la Dirección de Movilidad y la Agenda de Movilidad.
Con esta nueva Ley, se establece que el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos correspondientes atenderán en conformidad a los convenios que celebren, los servicios de vialidad y tránsito, a efecto de integrar sistemas metropolitanos de movilidad eficientes.