Alejandro Cambeses Ballina, Secretario de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos (SEDARH), informó que la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) publicó en el Periódico Oficial de la Federación, la declaratoria de desastre por sequía que afecta a la ganadería en 44 municipios, medida que fue solicitada el mes pasado por esta administración estatal.
El funcionario detalló que el pasado 4 de junio, SEDARH solicitó ante el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP), la corroboración de daños por sequía, por lo que se procedió a enviar la solicitud de soporte para Dictamen Técnico de Desastre Natural, al Sistema de Operación y Gestión Electrónica (SOGE) el 20 de junio, y este 2 de julio la SADER publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la declaratoria para 44 municipios en San Luis Potosí por sequía
Cambeses Ballina dijo que se acuerdo a la publicación a consecuencia de la Sequía ocurrida en los meses de enero a mayo de 2019 existen afectaciones en activos productivos elegibles de productores agropecuarios del medio rural de bajos ingresos, que no cuentan con algún tipo de aseguramiento público o privado agropecuario, en los municipios de Ahualulco, Armadillo, Cerro de San Pedro, Mexquitic de Carmona, Moctezuma, San Luis Potosí, Santa María del Río, Soledad de Graciano Sánchez, Tierra Nueva, Villa de Arriaga, Villa de Reyes, Villa Hidalgo y Zaragoza en la región centro.
En la huasteca para los municipios de: Aquismón, Axtla de Terrazas, Ciudad Valles, Coxcatlán, Ébano, Huehuetlán, Matlapa, San Antonio, San Martín Chalchicuautla, San Vicente Tancuayalab, Tamasopo, Tamazunchale, Tampacán, Tampamolón Corona, Tamuín, Tancanhuitz, Tanlajás, Tanquián de Escobedo y Xilitla.
En la zona media Cárdenas, Cerritos, Ciudad Fernández, Lagunillas, Rayón, Rioverde, San Ciro de Acosta, San Nicolás Tolentino, Santa Catarina y Villa Juárez.
En la región altiplano se emitió declaratoria para el municipio de Villa de Arista; en la declaratoria indicó el funcionario se establece que de acuerdo a las reglas de operación de la SADER con la finalidad de fortalecer y elevar la eficiencia de la operación del Subcomponente Atención a Siniestros Agropecuarios; así como agilizar el proceso de gestión de los apoyos, el único medio de atención y ventanilla será el Sistema de Operación y Gestión Electrónica, por lo que no se atenderá ninguna solicitud por otra vía, en ese sentido se han establecido los Lineamientos operativos y técnicos del sistema de Operación y Gestión Electrónica del Subcomponente Atención a Desastres Naturales.