No está a discusión si las diputadas quieren o no una multa de 10 mil pesos, porque independientemente de eso, están obligadas a cumplir la resolución del juez, en torno a la situación la magistrada numeraria del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, María del Refugio González Reyes.
Si se queda firme la sentencia por cumplimiento y no la acatan hay una pena de prisión, informó el abogado Jorge Chessal Palau.
Recordó que el desacato de una orden judicial desemboca en la puesta a disposición del Ministerio Público o en su caso, de la Suprema Corte de Justicia, según la naturaleza de la falta que las diputadas hubieran cometido.
Recordó que una multa es una medida de apremio y va encaminada a que se cumpla un resolutivo judicial y si no se cumple pese a las medidas de presión, las diputadas pueden ser separadas del cargo y puestas a disposición del Ministerio Público Federal.
Recordó que si bien no conocen el fondo del juicio, las diputadas no pueden promover un juicio de amparo contra una orden dictada en un juicio de amparo. Su única alternativa es promover un recurso de revisión para que el caso se vaya a un Tribunal Colegiado de Circuito.
Precisó que hay dos medidas cautelares y una de ellas es una suspensión y la otra una sentencia y si las diputadas están involucradas en un proceso de suspensión, tienen la opción de impugnar las medidas de apremio tales como las multas, pero aún así tienen que cumplir y si no lo hacen, entonces se le tiene que dar vista al Ministerio Público Federal.
Sin embargo, si se trata de una sentencia de amparo incumplida, el expediente se va a la Suprema Corte de Justicia, quien ordena la separación del cargo y pone a las diputadas a disposición del juez de distrito.
Dijo que en caso de que los jueces emitan un fallo definitivo adverso, las medidas desembocarían en una pena de prisión, con independencia de lo que pueda resolverse en definitiva.
Con información de: Pulso