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El Congreso aprueba sancionar con 5 años de prisión el maltrato animal

Marcela Loyola

El Pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformar el artículo 317 en sus fracciones, I a IV del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para sancionar hasta con cinco años de prisión el maltrato animal.

Las fracciones parlamentarias del Partido Verde Ecologista (PVEM) y el Partido del Trabajo (PT) brindaron respaldo a la iniciativa presentada por el gobernador Ricardo Gallardo Cardona, para sancionar el maltrato animal, por los recientes casos que se han presentado en el estado.

El diputado Eloy Franklin Sarabia celebró el aumento de las penas, hasta por dos años cuando es maltrato animal y hasta por cinco años por asesinato, además que se elevan las penas económicas.

Puntualizó que era necesario sancionar el maltrato animal, puesto que quienes realizan este tipo de actos son perfiles psicópatas, y advertir que no habrá tolerancia para el maltrato en San Luis Potosí.

El artículo 317, a partir de que sea publicado establecerá: “Cuando el maltrato implique lesiones mínimas, que no produzca un menoscabo físico permanente, se impondrá pena de 5 a 12 meses de prisión, y sanción pecuniaria de 20 a 100 días del valor de la unidad de medida de actualización vigente; e inhabilitación hasta por un año para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales.

Asimismo, se establece que “cuando el maltrato implique lesiones que produzcan un menoscabo físico permanente, se impondrá pena de 12 a 24 meses de prisión, y sanción pecuniaria de 150 a 300 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por dos años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales.

Además, cuando el maltrato produzca la muerte, se impondrá pena de 24 meses a 5 años de prisión, y sanción pecuniaria de 250 a 500 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de los animales.

Finalmente,cuando el maltrato consista en actos sádicos o zoofílicos, o de exposición a condiciones de sobre explotación de su capacidad física, se impondrá pena de tres a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de 300 a 500 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por cinco años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales.

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