Una sanción de hasta seis años de prisión y una multa que podría llegar a los 103 mil 740 pesos, es la penalidad que se aplicará a quien provoque la muerte de cualquier animal de compañía con el fin de comercializar su carne para consumo humano.
Así lo propone René Oyarvide Ibarra, diputado del Partido del Trabajo (PT), a través de una adición a los artículos 108 BIS de la Ley de Protección a los Animales para el Estado y 317 TER al Código Penal del Estado.
Plantea prohibir en la Ley de Protección a los Animales para el Estado, el sacrificio de animales de compañía, con la finalidad de comercializar su carne para consumo humano, cuya conducta será sancionada con una multa de 500 a 1000 unidades de medida y actualización (UMA), es decir, de 51 mil 870 a 103 mil 740 pesos.
En tanto, sugiere que la muerte de cualquier animal de compañía para comercializar su carne para consumo humano, se le impondrán una pena de tres a seis años de prisión y multa de 500 a 1000 UMAs.
Precisa que un animal de compañía, es todo aquel conservado y adaptado por el ser humano para su acompañamiento.
“Es indignante los reportajes que hemos visto a lo largo de estas semanas donde se han encontrado lugares en los que se tenían a mascotas muertas como perros y gatos en congeladores para su comercialización en puestos de comida”, criticó el legislador.
Sin embargo, el único caso con tales características, presuntamente ocurrido a mitad de marzo en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez, fue desmentido por la Fiscalía General del Estado.
Con información de: Pulso