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Tribunal Electoral a punto de tumbar a Verónica Rodríguez y David Azuara como candidatos

La sentencia del Tribunal Electoral de la sala de Monterrey con número 121 del 2024, obligó a entregar un acta de asamblea que de existir, invalidaría las candidaturas de Verónica Rodríguez al senado de la república e indirectamente a David Azuara al quinto distrito federal. De no existir el documento, el resultado sería el mismo.

El 22 de enero del 2024 la Sesión Permanente del Partido Acción Nacional se reunió con el fin de elegir a sus candidatos rumbo al proceso electoral, sin embargo, por omitir generar, o al menos presentar el acta de dicha asamblea, se pone en riesgo inminente la candidatura al senado de la república de Verónica Rodríguez y David Azuara Zúñiga, la primera por no haber sido puesta a votación y al segundo por haber perdido con votos su designación.

Al no existir evidencia “coherente y fundada” , como dicta la sentencia del Tribunal, de la forma en que se designaron como candidatos al senado y quinto distrito federal respectivamente, la próxima resolución podría dejar fuera de la contienda a los ya mencionados.

Durante la sesión de ese 22 de enero, los panistas con derecho a voz y voto, eligieron a sus candidatos a los puestos federales, mismos que arrojaron un triunfo, en el caso del quinto distrito, a favor de Santiago Zamanillo, que ganó a José Antonio Zapata Meraz y otros.

No obstante, en una decisión en la ciudad de México, se designó, sin mayor explicación ni siquiera a quien quedó en segundo lugar (Jose Antonio Zapata) sino a quien buscaba de origen la alcaldía capitalina, es decir, David Azuara Zúñiga.

Aún con el triunfo validado con votos, por parte de Zamanillo, la Comisión Nacional designó al candidato perdedor de la votación interna, es decir, a David Azuara como su abanderado.

En el caso de Verónica Rodriguez, la sesión omitió la votación y se prefirió enviar a la Comisión Nacional la decisión para la designación de la candidata, misma que se jugó entre la hoy abanderada y la empresaria Imelda Elizalde, candidata ciudadana que fue invitada a participar como parte del llamado “Consejo Empresarial Potosino”.

Al no haber existido siquiera una votación al respecto de la fórmula al senado, la empresaria potosina impugnó ante el tribunal local y ahora federal, sus derechos político electorales.

En este momento, y a punto de que el tribunal resuelva, dicho recurso puede resolver que se realice de nuevo la asamblea o de plano declarar como inválida la candidatura al senado de Verónica Rodríguez.

En el caso de David Azuara, que también fue impugnado en su momento, el mismo documento de la sesión bastaría para reponer el proceso, que fue ganado inicialmente y por votos de los panistas convocados por Santiago Zamanillo.

El acta de la sesión ha sido negada, como consta por diversos oficios, en diversas ocasiones tanto por el Comité Estatal como el Comité Nacional, documento imprescindible para dar validez a la designación de las candidaturas.

El documento, de existir y ser presentado (mismo que ya fue solicitado por transparencia por este medio) convalidaría que se violaron los derechos políticos de la ciudadana Imelda Elizalde, al grado que uno de los jueces de la sala del Tribunal colegiado de Monterrey, advirtió que merece al menos, una explicación respecto a la negativa de su candidatura.

En cualquier caso, si el Comité potosino resuelve entregar acta de la asamblea, o acepta su inexistencia, la candidata Verónica Rodríguez podría perder su calidad de abanderada en fórmula al senado y con un recurso de jurisprudencia, Santiago Zamanillo podría solicitar de forma económica se respeten sus derechos por la misma causa y exigir sea repuesto el proceso que ganó para ser el candidato al quinto distrito federal con cabecera en la capital potosina.

El recurso, así como la resolución y hasta el voto del magistrado que hace ver la omisión, se encuentra de manera pública en los estrados del Tribunal Electoral de la federación de la sala en Monterrey con número JDC121/2024 en dos expedientes.

Se espera que el Comité Estatal presente la copia del acta o en su caso, acepte que de manera arbitraria se designaron a los candidatos en cuestión, situación que los dejaría fuera de la contienda.

Con información de: La Orquesta

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