La Secretaría de Seguridad Pública del Estado y los municipios se coordinarán con el Sistema Nacional de Seguridad Pública para realizar inscripciones en el padrón de personas sancionadas con suspensión del derecho de asistir a eventos deportivos, de la base de datos del Sistema Nacional, en conformidad con los criterios de confidencialidad que para el efecto establece la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Así lo propuso la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez en una iniciativa con Proyecto de Decreto para adicionar el artículo 21 BIS a Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí́, con el objeto de dotar a los integrantes del Sistema Estatal de Seguridad Pública (estatal y municipales) de nuevas atribuciones.
Destaca, realizar inscripciones al padrón de personas sancionadas con suspensión del derecho de asistir a eventos deportivos y emitir notificaciones de alerta, sea para los responsables de los operativos de seguridad o para que los administradores de los estadios impidan la entrada a esas personas, todo ello en aras de prevenir activamente la violencia en este tipo de eventos.
La diputada Benavente Rodríguez expuso que la Secretaría podrá́ emitir una notificación que identifique a los inscritos en dicho padrón, con el objeto de permitir a los administradores negarles el acceso a las instalaciones donde se celebren eventos deportivos.
La inscripción en este padrón será́ considerada información confidencial y únicamente tendrá́ vigencia por el tiempo de la sanción, transcurrido el cual, deberán ser eliminados totalmente los datos del interesado.
El interés por establecer la sanción, se originó́ por incidentes violentos en estadios de futbol verificados durante ese año, y que pusieron de relieve la necesidad de enfocar estos hechos como un problema de seguridad pública, y desde esa perspectiva, aumentar las medidas preventivas y establecer controles de alcance nacional a través de las capacidades logísticas del Sistema Nacional de Seguridad. Lamentablemente, nuestro Estado no ha estado exento de estos episodios de violencia en los estadios de futbol.
La prohibición de asistir a eventos y la inscripción en el padrón, aplica a delitos de violencia en eventos deportivos, cuyas conductas se encuentran tipificadas en el artículo 154 de la Ley General de Cultura Física, dijo la diputada Beatriz Benavante.
La iniciativa de la legisladora fue turnada a comisiones para su análisis y posterior dictamen.