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Red de colectivos exigen que se liberen recursos para refugios de mujeres

Mediante un comunicado de prensa, diversos colectivos y cientos de activistas de todo el país, emitieron el  “Pronunciamiento en contra de la Suspensión de la Convocatoria Pública para la Asignación de subsidios para la prestación de servicios de Refugios para Mujeres, sus hijas e hijos que viven en violencia extrema y en su caso a sus Centros de Atención Externa”.

En el documento señalan lo siguiente:

Pronunciamiento en contra de la Suspensión de la Convocatoria Pública para la Asignación de subsidios para la prestación de servicios de Refugios para Mujeres, sus hijas e hijos que viven en violencia extrema y en su caso a sus Centros de Atención Externa

Los Refugios actualmente son el mecanismo mejor articulado para la prevención de feminicidios, estos espacios salvaguardan la integridad de mujeres, niñas y niños que han sido víctimas de violencias al grado de estar en riesgo de perder la vida, durante espacio aproximado de tres meses se ofrece atención integral gratuita, el 70% de estos espacios son operados por organizaciones de la sociedad civil, quienes han cumplido con los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas establecidos en la ley.

La población atendida, que se encuentra en condiciones de vulnerabilidad, no cuenta con redes de apoyo sólidas y un espacio seguro en el que ejerzan su derecho a vivir libres de violencias.

Acatando la decisión presidencial de “no transferir recursos del presupuesto a ninguna organización social, sindical, civil o del movimiento ciudadano” el día 21 de febrero el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva emitió un comunicado sobre la suspensión de la Convocatoria para la asignación de subsidios para la prestación de servicios de Refugios para Mujeres, sus hijas e hijos que viven en violencia extrema y en su caso a sus Centros de Atención Externa 2019 derivado de la circular uno firmada por el presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Andrés Manuel López Obrador .

Con esta decisión se pone en riesgo la vida, la integridad y seguridad de más de 20 mil mujeres, niñas y niños que reciben atención en los espacios especializados de protección. En México más del 50% del país se encuentra en Alerta por Violencia de Género, se registran 9 feminicidios al día y más del 66% de las mujeres ha vivido algún  tipo de violencias.

Al suspender esta Convocatoria el Estado Mexicano incumple sus obligaciones establecidas en el artículo primero constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las mujeres, niñas y niños.

También atenta contra el principio constitucional de progresividad de los derechos humanos, ya que este acto elimina la protección que tenían las mujeres a vivir en un ambiente libre de violencias.

El Estado Mexicano ha firmado y ratificado la CEDAW y la Convención Belem Do Pará que establecen el marco normativo aplicable para los casos de violencias contra las mujeres.

La CEDAW, prevé que los Estados tomarán medidas apropiadas para garantizar los derechos humanos de las mujeres, en especial el derecho de las mujeres a no ser discriminadas, también en su recomendación general número 19 de esta Convención establece que se tienen que tomar medidas necesarias para resolver el problema de las violencias, entre ellas “proporcionar servicios para garantizar la seguridad de las víctimas de violencias en la familia, incluidos refugios y programas de asesoramiento y rehabilitación”.

La Convención de Belem Do Pará insta a los Estados parte que deberán “suministrar los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, por medio de entidades de los sectores público y privado, inclusive refugios, servicios de orientación para toda la familia, cuando sea del caso, y cuidado y custodia de los menores afectados”

De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia la cual mandata “brindar protección inmediata y efectiva por parte de las autoridades y favorecer la instalación y mantenimiento de refugios que brindarán directamente alojamiento y alimentación en condiciones de seguridad y dignidad a las víctimas que se encuentren en especial condición de vulnerabilidad o que se encuentren amenazadas o en

 

situación de desplazamiento de su lugar de residencia por causa del delito cometido contra ellas o de la violación de sus derechos humanos. El alojamiento y la alimentación se brindarán durante el tiempo que sea necesario para garantizar que la víctima supere las condiciones de emergencia, exista una solución duradera y pueda retornar libremente en condiciones seguras y dignas a su hogar”.

Dar apoyos económicos en forma directa a las mujeres víctimas de violencias o pensar solo dar atención a través de los refugios gubernamentales o empezar una apertura apresurada de refugios públicos, no contribuye a la atención y no constituye una solución para la erradicación de las violencias contra las Mujeres. Por el contrario, esta falta de corresponsabilidad del Estado para proveer protección y servicios especializados e integrales para las víctimas de violencias extremas, sin duda, se traduciría en una alta incidencia de feminicidios a corto plazo, por lo que es imprescindible que se reconozca el papel fundamental de los Refugios de organizaciones civiles que existe en nuestro país desde hace más de 20 años.

Abrir en este momento un proceso “administrativo de revisión para asignar los subsidios a los refugios” es improcedente, tener suspendida la convocatoria, incumple el art.8 cap. 3 fracción D de la Belém Do Para, asimismo, es claro que los recursos asignados en el PEF2019 son específicamente para refugios tanto  de instancias públicas como de sociedad civil, por lo que NO pueden ser destinados mediante otra estrategia o para otro fin.

Instamos urgentemente al gobierno federal y a la Secretaria de Salud a subsanar está acción inadmisible y lamentable que vulnera los derechos de las mujeres a vivir libres de violencias, que va en contra de los tratados internacionales y nacionales en la materia:

  • Cumplir el artículo 8, Capitulo 3 Fracción D de Belem Do Pará, así como las recomendaciones 19 de la CEDAW Fracción H y la recomendación 33 Fracción B, instrumentos internacionales que México ha firmado y ratificado. que enfatizan la importancia y trascendencia de la participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en los mecanismos de protección como lo son los
  • Aplicación del 100% del PEF2019 etiquetado siendo muy claro su etiquetamiento: “subsidios para refugios”

-No eliminación de los espacios de protección confiables para las mujeres víctimas de violencias y en su caso, sus hijas e hijos

-Exigimos quitar inmediatamente la suspensión de la convocatoria, y que esto no obstaculice la liberación del presupuesto a los refugios, aspecto que seguiría vulnerando los derechos humanos de las mujeres.

¡No queremos retrocesos en la política de igualdad de México, la vida de las mujeres no puede seguirse poniendo en riesgo!

Redes Firmantes

Red Nacional de Refugios, A.C. Red Interamericana de Refugios (RIRE)

Red Intercultural de Refugios

 

 

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