En muchas partes del mundo el aborto aún sigue siendo un tema tabú para varias personas, quienes no aceptan que este acto es un equilibrio entre los derechos del feto y la mujer, pues, esta última además de tomar una decisión sobre su cuerpo basada en el estilo de vida que quiere llevar y expectativas que tiene para un futuro, está consciente si tiene o no lo necesario para enfrentarse a la decisión que implica ser madre y darle una vida a su hijo. Mientras que el feto, puede evitarse el hecho de enfrentarse a un panorama obscuro en el que puede no tener la atención necesaria, recursos o incluso servicios requeridos para su desarrollo óptimo.
Es justamente que pensando en ello, los tribunales de varios países han decidido despenalizar el aborto, haciendo especial énfasis en los productos que se puede apreciar que cuentan con discapacidades, pues se sabe que estos tendrán dificultades para adaptarse al entorno social en su vida adulta, sin que esto sea un impedimento para que tengan una vida feliz y plena, dejándolo a criterio de los padres del bebé.
De ahí que en Reino Unido dos mujeres se manifestaran en contra del Ministerio de Sanidad y Cuidado Social con la esperanza de que se eliminara una sección contemplada en la Ley del Aborto al considerar que se trata de un ejemplo de una ley discriminatoria que estigmatiza a las personas con discapacidad.
Esto en atención a que la actual legislación de Inglaterra, Gales y Escocia permite abortar, siempre y cuando se haga dentro de las primeras 24 semanas de gestación. Además, de que también se permite el aborto hasta el momento del nacimiento cuando existe un “riesgo sustancial”, o “cuando el bebé que naciera sufriera de alguna anomalía física o mental o tuviera alguna minusvalía grave”, siendo este último segmento donde entraría el presupuesto del síndrome de Down.
No obstante, según lo determinado por los magistrados de la Corte de Apelaciones, la legislación no interfiere con los derechos de los “incapacitados que están vivos”. De hecho, al rechazar el recurso de las demandantes, los jueces admitieron que la corte reconocía que:
“Mucha gente con síndrome de Down y otras discapacidades se sentirán disgustadas y ofendidas por el hecho de que este diagnóstico de discapacidad grave durante el embarazo se contemple por la ley como justificación para el aborto, y que podrían considerarlo como que implica que sus propias vidas valen menos”, no obstante, aseguraron que esa no era la intención.
Las demandantes, Heidi Crowter, una mujer de 27 años natural de Coventry (Inglaterra) tiene síndrome de Down, y Marie Lea-Wilson, madre de Aidan, un niño con el mismo padecimiento, argumentaron que seguirán luchando contra esta legislación, la cual consideran, atenta contra los derechos de las personas que padecen este síndrome.
Con información de: El Heraldo