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Corte avala acuerdo que permite actuación de fuerzas armadas en seguridad pública

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el acuerdo emitido por el presidente Andrés Manuel López Obrador que faculta a las fuerzas armadas para realizar tareas de seguridad pública de forma permanente hasta que se consolide la Guardia Nacional, plazo que en principio estaba previsto para marzo del 2024 y que apenas este mes se extendió hasta diciembre del 2028.

Por mayoría de 8 votos contra 3, el máximo tribunal resolvió que el llamado ‘acuerdo militarista’ no invade las competencias de la Cámara de Diputados por tratarse de una norma general que solamente retoma los conceptos de la ley que con los que creó la Guardia Nacional.

En la sentencia no se establece sí es válida o no la participación de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública, por considerar que no formaba parte del litigio, ya que la controversia constitucional presentada por los diputados federales se limitó a impugnar la invasión de competencias.

Los ministros señalaron que al no invadir las competencias del Poder Legislativo, este podría reglamentar los términos y reglas específicas que tendrían las fuerzas navales y militares para seguir realizando labores de seguridad pública.

Los ocho ministros y ministras que apoyaron el proyecto de sentencia presentado por la ministra Margarita Ríos-Farjat fueron Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Norma Lucía Piña Hernández, Javier Laynez Potisek, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Por invalidar la totalidad del llamado acuerdo militarista y en contra del proyecto, solo votaron los ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá y Luis María Aguilar Morales; mientras que el ministro Alberto Pérez Dayán votó por la invalidez parcial del decreto en lo que concierne a las facultades que se le otorgan a las fuerzas armadas para realizar detenciones en flagrancia y puestas a disposición de posibles imputados, por considerar que en este caso sí hubo invasión de competencias del Poder Ejecutivo a una materia que corresponde a los legisladores.

Al razonar su voto en contra, el ministro Alcántara Carrancá advirtió que el “Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria” además de invadir competencias de Poder Legislativo, subordina la actuación de la Guardia Nacional a lo que dispongan las Secretarías de la Defensa Nacional (Sedena) y Marina Armada de México.

Consideró que el acuerdo es contrario a todas las reformas en materias de derechos humanos que se han venido aprobando en los últimos 20 años, por lo que incluso propuso abandonar el precedente aprobado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 1996 que avaló por primera vez la participación de las fuerzas armadas en la lucha contra el crimen organizado.

El “Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, originalmente marcaba que la labor de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública estaría vigente hasta el 27 de marzo de 2024.

Sin embargo, el pasado 18 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la modificación al artículo quinto transitorio que creó la Guardia Nacional, con el propósito de que se extienda la presencia de las fuerzas armadas en las calles para realizar labores de seguridad pública hasta el 2028.

El acuerdo señala que los elementos del Ejército Mexicano y de la Armada de México pueden participar de forma “extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública” mientras se consolida la nueva corporación.

Con el aval del máximo tribunal, el acuerdo seguirá vigente y sentará un precedente que se podría aplicar cuando se analice una eventual impugnación a la reforma constitucional del artículo transitorio que creó la Guardia Nacional para extender la presencia de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública hasta el año 2028.

Con información de Aristegui Noticias

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