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El TEE aprueba impugnación a convocatoria del PRI

Marcela Loyola

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado resolvió desechar la mayoría de las impugnaciones contra el proceso de renovación de la dirigencia estatal del PRI y sólo aprobó la inconformidad contra la convocatoria.

Lo anterior, por los juicios promovidos por militantes disidentes a la actual dirigencia estatal del PRI que se inconformaron con le Convocatoria y con el proceso interno donde les negaron a postular una planilla opositora a Sara Rocha Medina, quien a la postre resultó designada como presidenta del Comité Directivo Estatal (CDE) para concluir el periodo de Elías Pesina Rodríguez, hasta febrero del 2024.

Con el turno número tres, se analizó el expediente TESLP/JDC/12/2023 de Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez en contra de la omisión de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria (CNJP) del PRI para resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Partidarios del Militante CNJP-JDP-SLP -25-2023.

El dictamen fue aprobado a favor por unanimidad, el cual proponía declarar fundados los agravios respecto a que la autoridad responsable no resolvió la impugnación a la Convocatoria para el Comité Directivo Estatal, con lo cual violentó su acceso a la justicia incidiendo en el ejercicio cabal de sus derechos político-electorales.

Como medios de prueba se exhibieron que el 16 de junio interpuso el juicio en contra de la Convocatoria; el 21 de junio la CNJP recibió el informe y documentación correspondiente; el 16 de julio la CNJP radicó el medio de defensa y requirió al coordinador nacional de Afiliación y Registro Partidario para que en tres días le dijera si la quejosa era militante y emitiera constancias, lo cual no ha sucedido hasta la fecha, únicamente el 6 de julio hizo un requerimiento, cuando la Corte mexicana e interamericana establecen que la justicia debe ser pronta.

“Se concluye que la CNJP del PRI sí ha incurrido en una omisión de resolver el asunto, pues ha transcurrido en exceso un plazo de razonable para sustanciar y resolver el juicio del militante, lo que se traduce en una dilación injustificada. Al resultar fundados los agravios, lo procedente es ordenar al órgano partidista para que en un término de tres días a partir de su notificación resuelva el Juicio para la Protección de los Derechos Partidarios del Militante CNJP-JDP-SLP -25-2023 y luego de 24 horas de resolverlo informe al Tribunal”, sentenció la autoridad jurisdiccional electoral.

También, por unanimidad se aprobó el expediente TESLP/JDC/13/2023 promovido por Erika Velázquez Gutiérrez, el Pleno del Tribunal resolvió desecharlo pues ha quedado sin materia; mientras que el expediente TESLP/JDC/09/2023 y su acumulado TESLP/JDC/10/2023 promovido por Alma Ruth Castillo Zúñiga y otro resolvieron desecharlos de plano.

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