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EU sanciona a hijo de “El Chapo” y tres miembros del Cártel de Sinaloa por tráfico de fentanilo

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de Estados Unidos impuso este martes sanciones a Joaquín Guzmán López -hijo del excapo mexicano de las drogas Joaquín “El Chapo” Guzmán-, informó el sitio web del Departamento del Tesoro.

Las sanciones contra Joaquín Guzmán López, que también apuntan a otros tres ciudadanos mexicanos y dos entidades del país latinoamericano, se conocen después de que el Departamento de Justicia acusó a tres de los vástagos de “El Chapo” de dirigir una operación de tráfico de fentanilo.

“La acción de hoy continúa interrumpiendo nodos clave de la empresa ilícita mundial de fentanilo, incluidos los productores, proveedores y transportistas”, dijo el subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia Financiera, Brian Nelson.

Además, lo anterior -explican- se da en estrecha coordinación del Tesoro con el Gobierno de México, así como las fuerzas del orden público de Estados Unidos.

“El Tesoro continuará aprovechando a nuestras autoridades para aislar e interrumpir las operaciones de Los Chapitos y el Cartel de Sinaloa en cada coyuntura”, refieren.

Las otras personas sancionadas fueron Mario Ogazón, Saúl Paez y Raymundo Pérez, según la página de internet del Departamento del Tesoro.

Paez es primo hermano de los hijos de El Chapo, según un documento en el sitio web.

¿En qué consisten las sanciones contra el hijo del Chapo?

Las sanciones contra Joaquín Guzmán López y otras personas mexicanas consisten en:

  • Todas las propiedades e intereses de las personas y entidades designadas que se encuentran en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses deben bloquearse e informarse a la OFAC.
  • Se bloquea cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, individualmente o en conjunto, en un 50 por ciento o más de una o más personas bloqueadas.
  • Las reglamentaciones de la OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por personas de los Estados Unidos o dentro de los Estados Unidos (incluidas las transacciones en tránsito por los Estados Unidos) que involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas designadas o bloqueadas de otro modo.
  • Además, las personas que participen en ciertas transacciones con las personas y entidades designadas hoy pueden estar expuestas a sanciones o sujetas a una acción de ejecución.

“El poder y la integridad de las sanciones de la OFAC se derivan no solo de la capacidad de la OFAC para designar y agregar personas a la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN), sino también de su voluntad de eliminar personas de la Lista SDN de conformidad con la ley”, explican en el comunicado.

Con información de: Reuters

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